Declaración de la Renta 2023: fechas y cuándo solicitar el borrador

 

La Agencia Tributaria ha publicado el calendario y los procedimientos para la presentación de la declaración de la Renta 2022-2023. Los contribuyentes podrán presentar su declaración de forma telemática, por teléfono y de manera presencial en Hacienda.

Fechas para presentar la declaración

El calendario de la declaración de la Renta 2023 abre sus plazos de presentación el 11 de abril y finaliza el 30 de junio.

 

Presentación por Internet, teléfono y presencial

Los contribuyentes que deseen presentar el borrador por teléfono o de manera presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, deberán pedir cita previa llamando a los números facilitados por Hacienda (91 535 73 26, 901 12 12 24, 91 553 00 71 o 901 22 33 44) o a través de la página web de la Agencia.

Asimismo, existe la posibilidad de solicitar la cita previa a través de la propia página web de la Agencia Tributaria. Para ello, será necesario registrarse en Cl@ve, un trámite que se puede realizar también a través de la propia sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Se debe tener en cuenta que se puede solicitar cita previa para hacer y presentar la declaración de la Renta hasta el 29 de junio.

 

¿Qué pasa si se olvida hacer la declaración?

En caso de no presentar la declaración dentro del plazo establecido, la Agencia Tributaria podrá imponer recargos que dependen del resultado de la declaración y del tiempo que se tarde en pagar.

 

¿Quién está exento de hacer la declaración?

Este año no estarán obligados a hacer la declaración los trabajadores con ingresos inferiores a 15.000 euros, un cambio con respecto a años anteriores, que este límite se encontraba situado en los 14.000 euros.

No obstante, para poder beneficiarse de ello, los rendimientos del trabajo percibidos deben darse en alguno de los siguientes supuestos:

  • Cuando procedan de más de un pagador, salvo en determinadas excepciones.
  • Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no se encuentre obligado a retener.
  • Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
  • Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
  • En el caso de los asalariados con un solo pegador, el límite se marca en los 22.000 euros en la obligatoriedad de presentar la declaración

 

Bajadas de las retenciones de IRPF en la nómina

Una de las novedades tributarias más importantes para el año 2023 es la reducción de las retenciones en la nómina de los trabajadores, lo que se traduce en un aumento del sueldo mensual. En concreto, Hacienda ha decidido rebajar la retención del Impuesto de la Renta a los ingresos inferiores a los 21.000 euros anuales. Anteriormente, esta reducción solo se aplicaba a aquellos ingresos que no superaban los 18.000 euros.

Además, aquellos contribuyentes que ganen hasta 32.200 euros también se beneficiarán de esta rebaja, que se reflejará en sus nóminas. Sin embargo, es importante tener en cuenta que esta reducción puede tener consecuencias tanto positivas como negativas para los contribuyentes.

En el caso de aquellos contribuyentes que ganen entre 21.000 y 32.500 euros al final de la campaña de la Renta, si les sale a pagar deberán ingresar más dinero en la Agencia Tributaria como resultado de esta medida. Por otro lado, si les sale a devolver, contarán con una cuantía inferior.

En cualquier caso, la reducción de las retenciones de IRPF en la nómina es una medida que sin duda beneficiará a muchos trabajadores, especialmente a aquellos que perciben ingresos más bajos. Además, esta medida también puede tener un impacto positivo en la economía general, ya que el aumento de la renta disponible de los trabajadores puede contribuir a impulsar el consumo y el crecimiento económico.

 

Cambios para los autónomos

Este 2023 ha sido testigo de la implementación de un nuevo sistema de cotización para autónomos que consta de 15 tramos. Estos tramos establecen las bases de cotización y las cuotas según los rendimientos netos de cada autónomo. Esta reforma no solo modifica el sistema de cotización, sino que también cambia los requisitos para solicitar la prestación por cese de actividad, así como la obligación de presentar la declaración de la Renta.

Dado que los nuevos autónomos cotizarán en función de sus ingresos, tendrán que presentar la declaración de la Renta para que Hacienda pueda conocer sus cuentas. Según la ley, todas las personas físicas que hayan estado dadas de alta como trabajadores por cuenta propia en cualquier momento del periodo impositivo en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, independientemente de sus ingresos, deberán presentar la declaración.

 

En resumen, la Agencia Tributaria ha publicado el calendario y procedimientos para la presentación de la declaración de la Renta 2022-2023, que se podrá hacer de forma telemática, por teléfono o de manera presencial en Hacienda. Además, se han establecido cambios en la obligatoriedad de hacer la declaración, así como en las retenciones de IRPF en la nómina y en el sistema de cotización para autónomos. En Dorado Rubio Asesores nuestro equipo de profesionales está capacitado para brindarte asesoramiento en todas las áreas relacionadas con la gestión empresarial. Ya sea que necesites ayuda en materia fiscal, contable, laboral o jurídica, podemos ayudarte a gestionar tus trámites de manera efectiva y sin preocupaciones. ¡No dudes en contactarnos y dejar tus gestiones en manos de expertos!

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